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Primera
reunión de trabajo del Proyecto ST-ESCOs en España
Se ha celebrado en Murcia (20/12/05) la primera reunión de trabajo del
proyecto ST-ESCOs, organizada por ARGEM, coordinador nacional de este
Proyecto Europeo. El Proyecto ST-ESCOs tiene por objeto favorecer la
creación de empresas de servicios energéticos que vendan la energía
térmica generada por una instalación solar.
En
el transcurso de la reunión se definieron los actores involucrados en
esta fórmula de generación de energía solar:
- El
beneficiario, que no requiere realizar ninguna inversión, pero que
permite la ubicación de la instalación solar dentro de su propiedad.
Realmente no tiene porqué conocer el funcionamiento del sistema
solar, ni mantenerlo. Por otro lado, el beneficiario de la instalación
solar consume la misma energía y con idéntica calidad, pero generada
con energía solar (al menos en parte), por lo que mejora la imagen
de su empresa/entidad por utilizar energías “verdes”. En cuanto
a los aspectos económicos, el beneficiario mantiene o incluso reduce
sus costes energéticos.
- Los
agentes técnicos, que agrupa la ingeniería que se encargará del
diseño de la instalación, la empresa instaladora, a la que se confiará
el montaje, y la empresa mantenedora, que gestionará la operación
y el mantenimiento.
Realmente,
estos tres agentes podrían ser el mismo, en el caso de que la
empresa instaladora/mantenedora dispusiera de un departamento
técnico con las competencias técnicas necesarias. En todo caso,
el proyecto debe ser diseñado por una ingeniería o técnico competente.
La instalación se realizará minimizando su afectación y respetando
las instalaciones existentes. En cuanto a las labores de mantenimiento,
se han de realizar de forma coordinada con la planificación desarrollada
por el beneficiario. Estos agentes tienen una relación directa
con la ESCO (empresa de servicios energéticos) y no con el beneficiario,
salvo para la coordinación de las labores de mantenimiento.
- La
ESCO (empresa de servicios energéticos), que es la que invierte
en la instalación solar, pero no vende ésta, sino la energía que
produce. Puede actuar con recursos propios o a través de financiación
externa. Es el que mantiene la relación con el cliente final, el
beneficiario. Por otro lado, contrata los servicios de montaje de
la instalación y su mantenimiento.
De
forma que la ESCO es la que corre el riesgo de realizar una inversión
que posteriormente habrá de amortizar y obtener los beneficios esperados.
De manera que se establece la necesidad de fijar unas garantías de producción
mínima que han de soportar los agentes técnicos. Para ello se constituye
un contrato entre el instalador/ingeniería y la ESCO, por el que se
garantiza una producción anual mínima de energía en la instalación.
Se fija como punto de medida el de conexión entre la instalación solar
y la convencional (ya existente), punto por el que se suministra agua
caliente al beneficiario. En caso de incumplimiento de los niveles de
generación, se establece una compensación económica por parte del instalador/ingeniería
hacia la ESCO:
Compensación = Cantidad establecida x [1 - (Energía medida/Energía garantizada)]
Uno de los aspectos claves en el funcionamiento de esta opción de gestión
de instalaciones solares, estriba en el contrato de suministro de energía
entre la ESCO y el beneficiario final de esta energía. Para ello se
establecen cuatro líneas básicas de tipologías contractuales:
- Tarifa
Plana: Según este tipo de contrato, se establece una cuota mensual
fija independientemente del consumo. De forma que se está obligado
a medir la producción, salvo para cumplir con las garantías. Esta
cuota fija se actualizará anualmente con el coste de la vida.
- Agua
consumida: En este tipo se factura mensualmente el agua caliente
consumida el mes anterior. Se establece una temperatura mínima de
suministro y se requiere contador de volumen. Se fija un precio
por litro (o metro cúbico) inicial que se actualizará anualmente
con el coste de la vida.
- Energía
consumida: En este caso (el más completo de todos) se factura la
energía suministrada por la ESCO (en kWh). Para ellos se requiere
contador de energía (temperatura de agua de red, temperatura y volumen
de suministro). Se fija un precio por kWh inicial que se actualizará
anualmente con el coste de la vida.
- Combinado:
Se trata de un tipo contrato que combina una cuota fija para una
determinada cantidad de energía mínima consumida, más un precio
por volumen o energía suministrada a partir del mínimo prefijado.
El
precio de la energía suministrada ha de incluir diversas partidas:
- Amortización
de la inversión.
- Mantenimiento.
- Consumos
de combustible (si el apoyo depende de la ESCO).
- Consumos
de energía eléctrica.
- Coste
del agua (en el caso de que la suministre la ESCO).
- Beneficios.
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