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Primera reunión de trabajo del Proyecto ST-ESCOs en España

Se ha celebrado en Murcia (20/12/05) la primera reunión de trabajo del proyecto ST-ESCOs, organizada por ARGEM, coordinador nacional de este Proyecto Europeo. El Proyecto ST-ESCOs tiene por objeto favorecer la creación de empresas de servicios energéticos que vendan la energía térmica generada por una instalación solar.

En el transcurso de la reunión se definieron los actores involucrados en esta fórmula de generación de energía solar:

    • El beneficiario, que no requiere realizar ninguna inversión, pero que permite la ubicación de la instalación solar dentro de su propiedad. Realmente no tiene porqué conocer el funcionamiento del sistema solar, ni mantenerlo. Por otro lado, el beneficiario de la instalación solar consume la misma energía y con idéntica calidad, pero generada con energía solar (al menos en parte), por lo que mejora la imagen de su empresa/entidad por utilizar energías “verdes”. En cuanto a los aspectos económicos, el beneficiario mantiene o incluso reduce sus costes energéticos.
    • Los agentes técnicos, que agrupa la ingeniería que se encargará del diseño de la instalación, la empresa instaladora, a la que se confiará el montaje, y la empresa mantenedora, que gestionará la operación y el mantenimiento.

      Realmente, estos tres agentes podrían ser el mismo, en el caso de que la empresa instaladora/mantenedora dispusiera de un departamento técnico con las competencias técnicas necesarias. En todo caso, el proyecto debe ser diseñado por una ingeniería o técnico competente. La instalación se realizará minimizando su afectación y respetando las instalaciones existentes. En cuanto a las labores de mantenimiento, se han de realizar de forma coordinada con la planificación desarrollada por el beneficiario. Estos agentes tienen una relación directa con la ESCO (empresa de servicios energéticos) y no con el beneficiario, salvo para la coordinación de las labores de mantenimiento.

    • La ESCO (empresa de servicios energéticos), que es la que invierte en la instalación solar, pero no vende ésta, sino la energía que produce. Puede actuar con recursos propios o a través de financiación externa. Es el que mantiene la relación con el cliente final, el beneficiario. Por otro lado, contrata los servicios de montaje de la instalación y su mantenimiento.

De forma que la ESCO es la que corre el riesgo de realizar una inversión que posteriormente habrá de amortizar y obtener los beneficios esperados. De manera que se establece la necesidad de fijar unas garantías de producción mínima que han de soportar los agentes técnicos. Para ello se constituye un contrato entre el instalador/ingeniería y la ESCO, por el que se garantiza una producción anual mínima de energía en la instalación. Se fija como punto de medida el de conexión entre la instalación solar y la convencional (ya existente), punto por el que se suministra agua caliente al beneficiario. En caso de incumplimiento de los niveles de generación, se establece una compensación económica por parte del instalador/ingeniería hacia la ESCO:

Compensación = Cantidad establecida x [1 - (Energía medida/Energía garantizada)]

Uno de los aspectos claves en el funcionamiento de esta opción de gestión de instalaciones solares, estriba en el contrato de suministro de energía entre la ESCO y el beneficiario final de esta energía. Para ello se establecen cuatro líneas básicas de tipologías contractuales:

    • Tarifa Plana: Según este tipo de contrato, se establece una cuota mensual fija independientemente del consumo. De forma que se está obligado a medir la producción, salvo para cumplir con las garantías. Esta cuota fija se actualizará anualmente con el coste de la vida.
    • Agua consumida: En este tipo se factura mensualmente el agua caliente consumida el mes anterior. Se establece una temperatura mínima de suministro y se requiere contador de volumen. Se fija un precio por litro (o metro cúbico) inicial que se actualizará anualmente con el coste de la vida.
    • Energía consumida: En este caso (el más completo de todos) se factura la energía suministrada por la ESCO (en kWh). Para ellos se requiere contador de energía (temperatura de agua de red, temperatura y volumen de suministro). Se fija un precio por kWh inicial que se actualizará anualmente con el coste de la vida.
    • Combinado: Se trata de un tipo contrato que combina una cuota fija para una determinada cantidad de energía mínima consumida, más un precio por volumen o energía suministrada a partir del mínimo prefijado.

El precio de la energía suministrada ha de incluir diversas partidas:

    • Amortización de la inversión.
    • Mantenimiento.
    • Consumos de combustible (si el apoyo depende de la ESCO).
    • Consumos de energía eléctrica.
    • Coste del agua (en el caso de que la suministre la ESCO).
    • Beneficios.

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